CLÁUSULA DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y PRIVACIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS

 en la sección Uncategorised

En Sevilla, a _____ de _______ 2018

R E U N I D O S

Don/Doña ______, mayor de edad y con N.I.F. ______, en nombre y representación del Servicios Sociosanitarios Generales de Andalucía S.L., con domicilio en Calle Pie Solo Dos, 2, Polígono Industrial Cuchipanda, 41500 Alcalá de Guadaira, Sevilla y C.I.F B-83347633, en su calidad de ______ de la misma.

Don/Doña ______, mayor de edad y con N.I.F. ______, en nombre y representación de Servicios Sociosanitarios Generales S.L, con domicilio en Calle Pie Solo Dos, 2, Polígono Industrial Cuchipanda, 41500 Alcalá de Guadaira, Sevilla y C.I.F B-82765611, en su calidad de ________ de la misma.

Don/Doña ___, mayor de edad y con N.I.F. ______, en nombre y representación de Centro de Atención y Gestión S.L., con domicilio en Calle Pie Solo Dos, 2, Polígono Industrial Cuchipanda, 41500 Alcalá de Guadaira, Sevilla y C.I.F B-91876995, en su calidad de ______ de la misma.

Don/Doña ______, mayor de edad y con N.I.F. ______, en nombre y representación de ____, con domicilio en _______ y C.I.F ______, en su calidad de ______ de la misma.

Todas las partes, se reconocen recíprocamente capacidad legal para contratar y exigirse mediante el presente acuerdo, y manifestando tener sus respectivos poderes en vigor.

M A N I F I E S T A N

ÁMBITO Y OBJETIVO

Todas las empresas participantes en el presente contrato forman parte de las empresas del Grupo SSG y en virtud de ello tienen una relación afín y singular. Con el objetivo de emplear la simbiosis y las economías de escala, las empresas firmantes del presente acuerdo se prestan regularmente servicios de forma recíproca para el desarrollo de la actividad productiva del Grupo empresarial.

Puesto que entre los servicios que se prestan las empresas del Grupo SSG existe un tráfico de datos de carácter personal, se establece esta cláusula con el objetivo de precisar una serie de reglas y normas de actuación con el objeto de garantizar la confidencialidad, disponibilidad e integridad de la información responsabilidad de las empresas del Grupo SSG.

En concreto, Servicios Sociosanitarios Generales de Andalucía S.L. y Servicios Sociosanitarios Generales S.L. prestan al resto de las sociedades incluidas en la presente cláusula, servicios de recursos humanos, selección de personal y labores de gestión administrativas, y la sociedad Centro de Atención y Gestión S.L. presta al resto de las sociedades incluidas en la presente cláusula, servicios de asistencia informática y software como servicio.

En concreto, se declara que Servicios Sociosanitarios Generales de Andalucía S.L., Servicios Sociosanitarios Generales S.L. y Centro de Atención y Gestión S.L. en su calidad de prestadores de los servicios descritos en el párrafo anterior tiene acceso a datos de carácter personal incluidos en los tratamientos del resto de empresas firmantes de la presente; no considerándose este acceso como una cesión de datos de carácter personal.

Este clausulado obliga a Servicios Sociosanitarios Generales de Andalucía S.L., Servicios Sociosanitarios Generales S.L. y Centro de Atención y Gestión S.L. que se constituyen como prestadores del servicio, así como para todo su personal que trate datos de carácter personal propiedad de las empresas firmantes, al cumplimiento y aplicación del Reglamento (EU) 2016/679, o de aquella legislación que pudiera complementarlo y/o sustituirlo, para que los datos dispongan del nivel de seguridad necesario. El cumplimiento de dichas normas en lo que se refiere al ámbito objeto del contrato será responsabilidad de Servicios Sociosanitarios Generales de Andalucía S.L., Servicios Sociosanitarios Generales S.L. o de Centro de Atención y Gestión S.L., en cuanto al servicio prestado.

De existir subcontratación por parte de cualquiera de Servicios Sociosanitarios Generales de Andalucía S.L., Servicios Sociosanitarios Generales S.L. y Centro de Atención y Gestión S.L., de los servicios encomendados en el contrato del que forma parte el presente cláusula, además de ser responsable solidario por los incumplimientos de éste y exigirles medidas de seguridad idénticas o superiores a las establecidas en el presente contrato, y en todo caso al artículo 28 del Reglamento (EU) 2016/679, informará previamente a todas las empresas firmantes de este contrato, de la identidad del cesionario para su aprobación, el cual estará sujeto a cumplir las mismas medidas de seguridad descritas en el presente documento.

MEDIDAS DE SEGURIDAD A ADOPTAR EN EL TRATAMIENTO DE DATOS POR CUENTA DE TERCEROS Y CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN TRATADA

Cualquiera de las empresas del Grupo SSG en su calidad de Encargado del tratamiento, implantará y mantendrá en los tratamientos sobre datos de carácter personal, responsabilidad de las empresas del Grupo SSG a los que tengan acceso, las medidas de índole técnica y organizativa oportunas para alcanzar el nivel de seguridad exigible conforme a lo establecido en el Reglamento (EU) 2016/679, así como mantener y actualizar las medidas de seguridad conforme las exigencias legales sobrevenidas durante la duración del presente contrato y cualesquiera otras que sean objeto de notificación fehaciente por parte de las empresa del Grupo SSG presente en este contrato, en cualquier otra norma que lo complemente, modifique o derogue en el futuro.

Cualquiera de las empresas del Grupo SSG tratará los datos de carácter personal con la finalidad de prestar el servicio o servicios a las empresa del Grupo SSG presente en este contrato y no los aplicará o utilizará con fin distinto al que figura en el contrato de prestación de servicios suscritos entre ambas partes que, en defecto de órdenes expresas, será el establecido en la recogida de los mismos con el sólo propósito de la realización de los fines contemplados en el trabajo de que

se trate. En especial, se abstendrá de alterarlos, y no los aplicará ni los utilizará con un fin distinto al establecido en el mismo, sin autorización previa.

Servicios Sociosanitarios Generales de Andalucía S.L., Servicios Sociosanitarios Generales S.L. y Centro de Atención y Gestión S.L., y todo su personal que trate los datos propiedad de las empresas del Grupo SSG presentes en este contrato, están obligados a guardar secreto profesional de los datos de carácter personal a los que tenga acceso en virtud de este contrato aún después de finalizada la relación jurídica con cualquiera de las empresas del Grupo SSG presentes en este contrato. Cualquiera de las empresas del Grupo SSG presentes en este contrato observará la máxima confidencialidad respecto a los datos de carácter personal que le sean facilitados por las empresas del Grupo SSG presentes en este contrato con respecto del desarrollo del presente contrato, comprometiéndose a no desvelar a ninguna tercera persona ninguno de estos datos, así como cualquier otra información que se hubiera facilitado respecto de las empresas del Grupo SSG presentes en este contrato, salvo autorización expresa del mismo y habiendo firmado previamente unas cláusulas que garanticen un uso adecuado de los mismos

Cuando la presente relación contractual sea cancelada, Cualquiera de las empresas del Grupo SSG presentes en este contrato que tenga los datos se compromete a destruir o devolver a las empresas firmantes de la presente cláusula, cualquier soporte o documento en el que conste algún dato de carácter personal objeto del tratamiento, así como las copias de los mismos.

Si no pudiera llevarse a cabo esta devolución, la empresa afectada del Grupo SSG presentes en este contrato procederá a la destrucción inmediata de los datos. En este caso, la empresa afectada emitirá tras la devolución o destrucción, un certificado en el que se recoja la declaración del responsable de haber cumplido lo previsto en esta estipulación.

INCUMPLIMIENTO

En caso de verificarse, mediante una auditoría reglamentaria, realizada por una empresa subcontratada a tal efecto o, de cualquier otra forma, el incumplimiento por parte de Servicios Sociosanitarios Generales de Andalucía S.L., Servicios Sociosanitarios Generales S.L. o de Centro de Atención y Gestión S.L., de cualquiera de las medidas de seguridad necesarias según el nivel de seguridad aplicable al fichero tratado, se considerará incumplimiento contractual grave y facultará a cualquiera de las empresas firmantes del presente cláusula para resolver el contrato en la parte que le atañe y exigir a la empresa afectada del Grupo SSG presentes en este contrato la indemnización por todos aquellos gastos, daños y perjuicios que le ocasione el incumplimiento de cualesquiera de las obligaciones previstas en la presente cláusula, entendiendo explícitamente incluidos en estos daños y perjuicios cualquier multa y/o sanción que pudiera imponer la Agencia Española de Protección de Datos a las Empresas del Grupo SSG presentes en este contrato, como consecuencia de un eventual incumplimiento de la presente cláusula.

En testimonio de conformidad con el contenido del presente, que los comparecientes aceptan en el respectivo interés y carácter con que actúan, firman el presente Contrato por duplicado, en lugar y fecha citados en el encabezamiento del mismo.

Firmas y fecha de los responsables de cada sociedad:

Don/Doña ______,

Servicios Sociosanitarios Generales de Andalucía S.L.

Don/Doña ______,

Servicios Sociosanitarios Generales S.L.

Don/Doña ______,

Centro de Atención y Gestión S.L.

Don/Doña ______,

_____________

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